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26.07.2026 | 09:48 INVESTIGACIÓN

Le regalaron un bebé nacido en San Javier, quiso avanzar con la adopción y la justicia ordenó sacárselo por "irregularidades"

Una abogada de Reconquista se llevó un bebé recién nacido de San Javier, en 2023. La madre biológica se lo dio porque dijo que "no podía criarlo ni hacerse cargo". Al querer tramitar la adopción, la justicia ordenó apartar el niño de la mamá de corazón porque su proceder fue ilegal. 

Por Pancho Ruifernández

Este semana se conoció la noticia de que la Justicia de Reconquista dejó al descubierto un entramado informal que eludió de forma legal de la salvaguardas del Estado. En un fallo discutible desde lo emotivo pero quizas no en lo legal, el juez de Familia Dr. Hernán Andrés Julián cortó el intento de legalizar lo que la ley califica de plano como una práctica vedada: la tenencia fuera del sistema de un bebé de tan solo dos días de vida, que hoy amenaza con derivar en condenas hasta de prisión efectiva a la madre sustituta.

El niño de poco más de 3 añitos ya fue apartado de su entorno e ingresado de urgencia a la Secretaría Provincial de Niñez en la ciudad de Santa Fe. Tras su decisión, el magistrado remitió las actuaciones de inmediato al Ministerio Público de la Acusación (MPA) para que se investigue la comisión de delitos graves contra la identidad y la libertad personal. Los detalles fueron revelados por el periodista Gustavo Raffin de ReconquiistaHoy.com

Un acuerdo en las sombras: de la maternidad vulnerable a la entrega pactada

El origen de la causa —caratulada «Nadalich Laura Rosana s/ Adopción»— expone una trama trazada a espaldas de la ley. El 15 de febrero de 2023, en la localidad de San Javier, nació el pequeño bajo un contexto de extrema vulnerabilidad. La madre biológica, desbordada por un embarazo no deseado y abrumada por la falta de recursos para criar a otro hijo, decidió que "no estaba" para asumir esa maternidad y buscó deshacerse de la crianza.

Apareció entonces una figura clave en la intermediación: una allegada común llamada María Fernanda. Ella tendió el puente con la abogada Laura Rosana Nadalich, una profesional radicada en Reconquista. A los ocho meses de gestación, la entrega ya estaba consumada en los hechos. Apenas 48 horas después del parto en el hospital de San Javier, Nadalich se presentó a buscar al recién nacido.

Para pasar los controles en las rutas, la progenitora firmó un escrito informal que permitía el traslado del bebé y colaboró únicamente en los trámites básicos para la confección del DNI. Cumplido el pacto, se esfumó para siempre. Durante tres años y cuatro meses, el niño creció en Reconquista bajo el cuidado exclusivo de Nadalich, asistiendo al jardín maternal y construyendo su única referencia de hogar sobre los cimientos de una guarda puramente de hecho.

La maniobra judicial que encendió las alarmas

Lejos de encauzarse por las vías legales, el conflicto estalló cuando Nadalich se presentó ante la Justicia para exigir la adopción plena del niño. Pretendía que el juez declarara la inconstitucionalidad del artículo 611 del Código Civil y Comercial, la norma que prohíbe taxativamente las entregas directas y las guardas de hecho. Argumentó que el niño solo la reconocía a ella como madre y que la ley únicamente buscaba castigar el "tráfico o comercio" de menores, una categoría en la que ella —aseguraba— no encajaba.

Pero tanto la Asesora de Menores como la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez reaccionaron con firmeza. El organismo estatal fue contundente: no se podía "avalar ni mirar hacia un costado" ante una flagrante irregularidad sostenida durante años donde nunca se buscó la vía legal para la responsabilidad parental.

En su sentencia, el juez Julián fue implacable con el argumento de Nadalich. Remarcó que el sistema de adopción no es un capricho burocrático, sino una garantía sagrada que exige la intervención del Estado en tres etapas ineludibles: declaración de adoptabilidad, guarda legal y proceso de adopción.

"Ninguno de estos recaudos se encuentra presente en el caso... Tampoco resulta atendible invocar la existencia de un vínculo afectivo consolidado. Aceptar lo contrario implicaría admitir que el mero transcurso del tiempo genere derechos en favor de quienes han prescindido de los procedimientos legales", sentenció con crudeza el magistrado.

Para el tribunal, evitar la venta de niños es solo una parte de la ley; el bien verdadero que se protege es evitar que cualquier chico quede al margen de la tutela estatal, indefenso y expuesto a componendas privadas.

El pasado que oscurece el caso y el futuro penal

La sombra sobre la actuación de Nadalich se profundiza al revisar sus antecedentes institucionales. La demandante no era una desconocida para el sistema: años atrás había recibido en adopción a dos niñas a través del Registro Único de Aspirantes a la Adopción (RUAGA) mediante la gestión de la entonces jueza Ileana Sínchez. Sin embargo, a los pocos días de convivencia, decidió devolverlas. Tras el estruendoso fracaso de la vía legal, optó por la vía de hecho y la intermediación informal para hacerse del bebé en San Javier.

Hoy, la historia dio un vuelco. La defensa de Nadalich adelantó que no apelará el fallo y que se llamará al silencio. Pero el capítulo más oscuro recién comienza: la justicia penal investiga si la maniobra encuadra en figuras del Código Penal —como el artículo 146, que castiga la sustracción, retención u ocultamiento de un menor de diez años con penas de 5 a 15 años de prisión.

Mientras la fiscalía del MPA determina si formulará imputaciones contra las involucradas, un tutor especial designado por el Colegio de Abogados vela por los derechos de un niño cuyo destino fue arrebatado dos veces: primero por un pacto ilegal y ahora por el golpe de realidad de la justicia.

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