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Pancho Ruifernadez

Judiciales

20.09.2023 | 00:51 REGLAMENTARIO

Edicto por disposición del Juzgado Civil, Comercial y Laboral N°20 de San Javier

Autos caratulados: “VALDEZ JOSÉ FRANCISCO RAMÓN S/ QUIEBRAS” (CUIJ 21-26170698-6), por resolución de fecha 11 de abril de 2023. Se procede a publicar en medio gráfico y radial de los de mayor difusión en el ámbito local (art. 89 LCQ.).

Por Redacción Radio Uno

EDICTO (gratuidad Ley 24.522) Por disposición de la Dra. María Laura ALESSIO, Jueza A/C del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 20 con sede en la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: “VALDEZ JOSÉ FRANCISCO RAMÓN S/ QUIEBRAS” (CUIJ 21-26170698-6), por resolución de fecha 28 de agosto de 2023 se ha resuelto: […] 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) de José Francisco Ramón VALDEZ, DNI Nº 21.599.869, CUIL 24-21599869-6, de apellido materno Álvarez, argentino, mayor de edad, dependiente de la Municipalidad de San Javier, con domicilio en calle Bv. Poeta Julio Migno 1535 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. […]

3) Ordenar al fallido y a terceros que, en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia de aquél. Intimar al deudor a: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 horas de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (art. 88, inc. 4, LCQ); b) que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, dé cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces, excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del punto 16) de la presente (art. 88, inc. 5, LCQ) […] 9) Fijar hasta el día 10/11/2023 inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en los arts. 200 y 32 de la LCQ.. […]”.

Fdo: ALESSIO, Laura María – Jueza; DEMBORYNISKI, Silvina Daniela – Secretaria

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