16.06.2021 | 13:27 — NUEVAS HABILITACIONES
Habilitaron las celebraciones religiosas en templos y lugares de culto
Así lo comunicó este miércoles el Gobierno Provincial, a través del Boletín Oficial. Cuales son las principales condiciones para que puedan llevarse a cabo las celebraciones.
Por Redacción Radio Uno Fuente: LT10
Este miércoles, a través del decreto 0881 el Gobierno de la Provincia de Santa Fe habilitó nuevamente las celebraciones religiosas en templos, iglesias y lugares de culto hasta el día 25 de junio.
El escrito, firmado por el gobernador Perotti y la ministra Martorano indica que se autoriza en todo el territorio provincial, a partir del día de la fecha y hasta el 25 de junio de 2021 inclusive, la realización de actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.
Las celebraciones estarán sujetas a las condicones de cuidados establecidos y aprobados para el desarrollo de las actividades religiosas, entre las que se destacan:
a) apertura de 9:00 a 19:00 horas;
b) concurrencia utilizando elementos de protección de nariz, boca y mentón;
c) permanente ventilación de los espacios;
d) densidad de ocupación de una persona cada dos (2) metros cuadrados de espacio circulable;
e) con un aforo del treinta por ciento (30%) de ocupación máxima de la superficie.